Subvenciones para obras derivadas de la
I.T.E.
HAY DOS TIPOS DE SUBVENCIONES
Un 15% o un 10% sobre el presupuesto que depende de la catalogación del edificio.
Ademas los solicitantes de las ayudas podrán optar a un 10% de
subvención adicional si cumplen determinados requisitos.
REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS Y LAS OBRAS
Los edificios deberán tener una superficie útil
mínima dedicada a vivienda del 60% de la superficie útil
total, excluida la planta baja, cuando no se destine a
vivienda y la superficie bajo rasante.
En edificios catalogados con nivel 1 de protección, en sus grados
singular e integral, y con nivel 2, en su grado estructural sera del 50%.
La solicitud de la subvención debe ser anterior al inicio de
las obras y las obras deben terminar en el plazo máximo de tres años, contado a
partir de la fecha de la concesión de la subvención.