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Subvenciones para obras derivadas de la I.T.E.

HAY DOS TIPOS DE SUBVENCIONES

Un 15% o un 10% sobre el presupuesto que depende de la catalogación del edificio.
 
Ademas los solicitantes de las ayudas podrán optar a un 10% de subvención adicional si cumplen determinados requisitos.

REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS Y LAS OBRAS

Los edificios deberán tener una superficie útil mínima dedicada a vivienda del 60% de la superficie útil total, excluida la planta baja, cuando no se destine a vivienda y la superficie bajo rasante.
En edificios catalogados con nivel 1 de protección, en sus grados singular e integral, y con nivel 2, en su grado estructural sera del 50%.

La solicitud de la subvención debe ser anterior al inicio de las obras y las obras deben terminar en el plazo máximo de tres años, contado a partir de la fecha de la concesión de la subvención.