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Inspección Técnica de Edificios

La I.T.E. la deben pasar los edificios dentro del año siguiente a aquél en el que cumplan 30 años desde la fecha de la terminación total de su construcción u obras de reestructuración total, y las sucesivas inspecciones se realizarán cada 10 años.

La obligación de efectuar la I.T.E. corresponde a los propietarios de los edificios que deben contratar un técnico competente para que lleve a cabo la inspección y cumplimente la documentación necesaria.

La inspección técnica de los edificios hará referencia necesariamente a los siguientes aspectos:
  • Estado de la estructura y cimentación
  • Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial en lo que pueda suponer peligro para la vía pública
  • Estado de conservación de cubiertas y azoteas
  • Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio
Si la inspección es favorable, fin del tramite.

Si la inspección es desfavorable, el propietario debe realizar las obra indicadas en el expediente.

Y despues, hacer otra inspección para comprobar que se ha corregido lo que se ha indicado en el expediente, si todo es correcto, fin del tramite.
Le proponemos

Realizar una evaluación previa, sin coste ni compromiso, con el objeto de ofrecerles una solución personalizada y de esta manera pasar favorablemente la I.T.E la primera vez.

Uno de nuestros técnicos, puede pasar la I.T.E., y tramitar el expediente ante el ayuntamiento.

Le asesoramos y realizamos obras de todo tipo, ya sean tejados, cubiertas, fachadas, patios, pocería, pocería, instalaciones eléctricas, tratamiento de humedades, trabajos de pintura, chimeneas, goteras, instalaciones cntra incendios, etc.

Viendo todo el edificio en su conjunto conseguimos optimizar los recursos económicos y tenemos menos molestias.

Y si quiere pedir una subvención para la realización de obras derivadas de la I.T.E., consultenos.